Armasur prevé que reducción de jornada laboral afectará a armadores pequeños

Héctor Henríquez en la presentación ante la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Chile: Para el gremio, es fundamental aplicar una gradualidad para el incremento de horas que se pagan con el recargo del artículo 32 del Código del Trabajo.

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Ayer se realizó una nueva sesión especial de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, que complementa las sesiones regulares, para avanzar en las exposiciones de aquellas instituciones y organizaciones y así continuar con el estudio en particular del proyecto de Ley que modifica el Código del Trabajo con el objeto de reducir la jornada laboral, conocido como “40 horas”.

En la oportunidad, representando a la Asociación de Transporte Marítimo, Fluvial, Lacustre y Turístico Sur Austral (Armasur), expuso su presidente Héctor Henríquez y su gerente general, Manuel Bagnara.

En su exposición, Henríquez se refirió a las indicaciones que realizó el Ejecutivo al proyecto de Ley, respecto a las jornadas especiales de los trabajadores embarcados y gente de mar, que en rigor, mantiene la jornada de trabajo de 56 horas semanales, mantiene el pacto de horas extras sin límite de acuerdo al artículo 31 del Código del Trabajo, reduce la jornada semanal de 48 a 40 hrs cuando las naves se encuentran en puerto e incrementa en 5 horas semanales el pago de horas con recargo a las horas extras.

“Los efectos que tienen estas indicaciones se relacionan con aumento de los costos por incremento en 5 horas semanales que se pagarán con el recargo de una hora extraordinaria, lo cual se suma a las 11 horas que hoy se pagan con ese recargo. Entendemos que esto puede afectar la competitividad de naves de menor tamaño (menos de 1000 AB que representan más del 76% de la flota nacional) de propiedad de Armadores pequeños y/o medianos, sin considerar las naves menores”, manifestó el directivo.

Según el presidente de Armasur, en la zona sur austral de Chile existe una industria naviera desconcentrada, con cientos de controladores. “Este proyecto puede afectar mucho más a los pequeños, promoviendo la concentración, lo que no es deseable. Además, en esta zona se prestan muchos servicios de conectividad hacia zonas aisladas, por lo que el incremento de los costos puede impactar a personas más vulnerables que viven en lugares remotos. Y por otra parte, la indicación de reducción de 48 a 40 hrs cuando las naves se encuentren en puerto, que nos parece inaplicable”.

Gradualidad

Henríquez planteó que son 33 los asociados de Armasur, que prestan servicios de Turismo (3), acuicultura (11), conectividad (9), puertos (4), astilleros (5) y remolcadores (1), que se desempeñan desde el paralelo º41 al sur, entregando más de 7 mil empleos directos, con 164 naves mayores y más de 300 mil zarpes al año.

“En concreto, nosotros entendemos que este es un proyecto de Ley que genera mayores costos. Por otra parte, no podemos decir que la iniciativa legal hace insostenible la actividad. Sin embargo, tenemos claridad que esta modificación de la jornada laboral afectaría a armadores más pequeños y/o medianos, porque en su estructura de costos las naves de menor tamaño el costo fijo del personal es sobre el 60%”, indicó el presidente de Armasur.

A su juicio, es fundamentar aplicar la gradualidad establecida en el inciso segundo del punto 4 del segmento III.- "Contenidos del Proyecto" para el incremento de horas que se pagan con el recargo del artículo 32 del Código del Trabajo. “Esto se desglosa en aplicar el año 1 el pago con el recargo de hora extraordinaria las horas que van de la 44 a la 56 semanal; aplicar el año 3 el pago con el recargo de hora extraordinaria las horas que van de la 42 a la 56 semanal; y aplicar el año 5 el pago con el recargo de hora extraordinaria las horas que van de la 40 a la 56 semanal”.

Igualmente comentó que están de acuerdo con aplicar la gradualidad señalada en el proyecto de Ley para la reducción de la jornada semanal para personal afecto al artículo 22 del Código del Trabajo que se desempeñan en puertos y astilleros.

“Por otra parte, creemos que se debe dejar sin efecto la indicación de reducir de 48 a 40 hrs cuando la nave se encuentre en puerto en domingo o festivo, por cuanto esto ya está contemplado y redundante en la legislación, específicamente el artículo 111 del Código del Trabajo, que plantea que el trabajador embarcado tendrá un día de compensación por cada día de actividad desarrollada en domingo o festivo. Es decir, si hay tres días festivos en la semana, el trabajador tiene derecho a tres días de descanso más el domingo”, detalló Henríquez.

Henríquez también argumentó que se debiese mantener, como lo mantiene el proyecto, la jornada de 56 horas semanales y la opción de realizar pacto de horas extras sin el límite del artículo 31 del Código del Trabajo, lo que es vital para la actividad, especialmente para las naves que tienen tamaño más reducido, “donde las jornadas que se han pactado son reconociendo el nivel de actividad, reconociendo la restricción en tamaño y habitabilidad, por eso han llegado a tener jornadas más cortas en el tiempo”.

Por último, el ejecutivo planteó la necesidad de un trabajo en conjunto de los trabajadores embarcados y gente de mar, con los armadores, la autoridad marítima y el parlamento, para hacer la bandera chilena más competitiva y así atraer más naves y con eso más trabajo.