TDLC cita a representantes de empresas de wellboats acuícolas
Chile: A solicitud de Solvtrans Chile, los ejecutivos de las compañías navieras demandadas por eventual colusión deberán absolver posiciones ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.
En junio del año pasado, Solvtrans Chile S.A. demandó frente el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) por coordinación ilícita al gremio Armasur y a otras seis compañías del sector wellboats tales como Naviera Orca, La Península, CPT Empresas Marítimas, Detroit Chile, Río Dulce y Transportes Patagonia Travelling Service, entidades que han rechazado las acusaciones de colusión negando haber cometido cualquier práctica de ese tipo.
Y el proceso continúa avanzando en el ente antimonopolios. Es así como, a solicitud expresa de Solvtrans Chile S.A., el TDLC citó a una serie de audiencias que se realizarán entre los meses de abril y mayo de este año, a los representantes de las empresas de wellboats acuícolas denunciadas, con el fin de que absuelvan posiciones.
De este modo, de acuerdo con la resolución del TDLC, los representantes que deberán absolver sus posiciones tras la citación legal son: Ezequías Allende, por Naviera Orca; Juan Pablo Ramírez, por Río Dulce; Cristián Fernández, por La Península; Rafael Lira, por Detroit Chile; José Luis Chanes, por CPT Empresas Marítimas; Héctor Henríquez, por Armasur; Mauricio Labra, por Transportes Patagonia Travelling Service, y Víctor Vargas, por Solvtrans Chile S.A.
Asimismo, el 10 de febrero recién pasado, el TDLC publicó un documento informando sobre las citaciones a audiencia a una lista de testigos solicitados por las partes de este caso. Los encuentros se realizarán entre los meses de marzo y mayo del año en curso, paralelamente a las respectivas absoluciones de posiciones de los representantes de las compañías de wellboats acuícolas.
Cabe recordad que junto con solicitar que el TDLC ordene el cese inmediato de las eventuales conductas de colusión y que ello se mantenga en el futuro, Solvtrans Chile S.A. pidió una multa de 5.000 UTA para Armasur, y para las otras seis compañías demandadas, una sanción equivalente al doble del beneficio económico reportado por las prácticas anticompetitivas o, alternativamente, una que represente el 30% de sus ventas correspondientes a la línea de productos o servicios asociada a las infracciones denunciadas por todo el período en el cual éstas se han extendido.