Salmones en jaula. Foto: Archivo Salmonexpert.

La nueva regulación para tecnologías que recuperan fondos en centros de salmón

Chile: Mediante resolución exenta, Subpesca autorizó mecanismos físicos que modifican condiciones de oxígeno en el área de sedimentación, con el fin de retomar un estado aeróbico en concesiones.

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Subpesca autorizó, mediante resolución exenta, los mecanismos físicos destinados a modificar las condiciones de oxígeno del área de sedimentación en centros de cultivo de salmón. Lo anterior, con el objetivo final de sobresaturar de oxígeno la capa más profunda de la columna de agua, esto es, el primer metro desde el fondo marino. 

Cabe indicar que este tipo de tecnologías, estaban reguladas de manera general por el Reglamento Ambiental para la Acuicultura, el RAMA, y es primera vez que se norma de manera específica con una resolución exenta de Subpesca. 

De este modo, según la Autoridad, se proporcionará un ambiente favorable para la colonización de microorganismos capaces de degradar la materia orgánica, “logrando un equilibrio ecológico en el fondo que facilite su recuperación, desplazando a los microorganismos anaeróbicos, para mantener o recuperar un estado aeróbico”.

La entidad sectorial, en ese sentido, señaló que los titulares de concesiones acuícolas quedarán facultados para el uso de tecnologías como: sistemas de aplicación de nanoburbujas, sistemas de aplicación de microburbujas y sistemas de inyección de agua de mar rica en oxígeno. 

Así las cosas, se entenderá por sistema de aplicación de nanoburbujas al mecanismo por el cual se inyecta agua de mar enriquecida con oxígeno mediante nanoburbujas, cuyo diámetro sea inferior a 200 nm. Luego, en cuanto al sistema de aplicación de microburbujas, es el mecanismo de aplicación y disolución de oxigeno en la primera capa acuosa que está en contacto con el fondo marino, por medio de la inyección de microburbujas cuyo diámetro varía entre 200 y 100.000 nm. 

También se entenderá por sistema de aplicación de agua de mar rica en oxígeno al mecanismo que permita la succión de agua de mar, a la cual puede o no adicionarse oxígeno, ello para su posterior disposición en el fondo marino facilitando que el oxígeno disuelto allí se difundan en el sedimento al romper la primera capa y lograr una aireación forzosa del sedimento, dando como resultado la oxidación del material orgánico existente en el área de sedimentación. 

Igualmente, Subpesca determinó que el titular del centro de salmónidos podrá requerir el servicio de aplicación de algunos de los mecanismos físicos descritos, a personas naturales y jurídicas cuyas metodologías hayan sido aprobadas por la Autoridad y registradas en un listado público. 

“Cualquier persona natural o jurídica, que provea un mecanismo físico autorizado, podrá requerir su incorporación en el listado, presentando una solicitud ante esta Subsecretaría”, dieron a conocer a través de resolución exenta desde la entidad sectorial.