Fachada de oficinas de Blumar. Foto: Blumar.

Blumar se hace parte de proceso por eventual colusión en alimento para salmón

Chile: El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia aprobó que la compañía se integre como tercero coadyuvante en el requerimiento por posibles sobreprecios en las dietas para peces.

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La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), a fines del año pasado, un requerimiento en que acusó de coludirse a las cuatro principales empresas fabricantes de alimentos para salmónidos que operan en Chile: BioMar, Skretting, Ewos y Salmofood. Y el caso registró un nuevo hito durante la semana pasada. 

Luego de una solicitud presentada ante el TDLC, esta última entidad resolvió que Blumar y su filial salmonicultora sea parte del proceso, como tercero coadyuvante -sumándose en este camino a sus pares acuícolas Camanchaca y Australis Seafoods-, por cuatro razones principales, expuestas en su documento técnico.

Así las cosas, la primera razón radica en que el artículo 23 del Código de Procedimiento Civil, según el TDLC, “permite la intervención de terceros en carácter coadyuvante siempre que tengan interés actual en los resultados del juicio y que, en esta sede, dicho interés tenga relación con la protección de la libre competencia”, mientras que la segunda, es que “las solicitantes fundan tal interés en su calidad de clientes de las empresas requeridas”.

En tanto, respectivamente, la tercera y cuarta razón descrita por la entidad tiene que ver con que Blumar y su filial salmonicultora “señalan haber sido directamente afectadas por las mismas conductas anticompetitivas acusadas por la FNE, y el interés de las solicitantes no difiere, en lo sustancial, con los argumentos y el interés expuesto por el organismo requirente”. 

A través de sus abogados Nicolás Lewin y Fernando Araya, Blumar y su filial salmonicultora dijeron ante el TDLC que ambas empresas “fueron clientes de las requeridas durante el período de los hechos imputados en el requerimiento, y por lo tanto, sus procesos de compra de alimento para salmónidos se vieron afectados”. 

“En estas relaciones comerciales, nuestras representadas son víctimas directas del acuerdo de tipo anticompetitivo imputado en autos. Por lo anterior, Salmones Blumar (antes Salmones Itata) y El Golfo (cuya sucesora legal es Blumar), en cuanto víctimas de los hechos imputados, habrían pagado sobreprecios en procesos de contratación con las empresas requeridas, debido precisamente a la existencia de un acuerdo anticompetitivo”, afirman los representantes de la compañía en la sede del TDLC. 

De esta manera, los abogados de los nuevos terceros coadyuvantes sostienen en su presentación frente al TDLC que, “nuestras representadas tienen interés que se apliquen las sanciones solicitadas por la FNE a las requeridas por su responsabilidad en las infracciones imputadas al DL 211 (Decreto de Ley ligado a la libre competencia)”.