Labores de contención de los maxisacos con alimento para salmón hundidos en Calbuco. Foto: SMA.

SMA ordena medidas tras colapso del Terminal de Carga Puerto Calbuco

Chile: La Superintendencia del Medio Ambiente señaló que, del total de maxisacos hundidos por el colapso del muelle ligado a Portuaria Cabo Froward, 82,5 toneladas contienen alimentos medicados para salmónidos.

Publicado Última actualización

El Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, ordenó medidas provisionales pre-procedimentales contra la empresa Portuaria Cabo Froward titular del proyecto “Terminal de Carga General – Puerto Calbuco”, ubicado en el muelle de carga San José, en la isla Quihua, comuna de Calbuco, región de Los Lagos, luego que cediera un pontón/muelle con alimentos para salmones, hundiéndose cerca de 240 maxisacos de aproximadamente 1.200 kilos cada uno, lo que equivale a 288 toneladas. El incidente fue reportado el día 24 de agosto por la Gobernación Marítima de Puerto Montt.

En paralelo, se sumó una denuncia de comunidades indígenas de Isla Quihua, tales como: Kume Weywen, Mapu lafquen, Huirimilla, Alunko, Newen Suyuay, Nahuelko, Newen kupan, reportando el hundimiento del muelle flotante del puerto industrial Cabo Froward y solicitando la intervención de la SMA.

Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente informó que la “adopción de medidas provisionales, en carácter pre procedimental, obedece al probable riesgo grave e inminente a la flora y fauna del ecosistema marino aledaño al “Terminal de Carga-Puerto Calbuco”, tanto en la columna de agua como en el sustrato mismo”.

Lo anterior, “dado que existe una alta probabilidad que la mayor parte del alimento se haya derramado y se encuentre presente en áreas más cercanas a la costa, como fue constatado por funcionarios de la Capitanía de Puerto de Calbuco y del Sernapesca. Cabe tener presente, además, que del total de maxisacos hundidos, cerca de 82,5 toneladas contienen alimentos medicados”, agregó De La Maza.

Cabo Froward ante la CMF

Durante la jornada de ayer, desde Cabo Froward informaron ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) haber tomado conocimiento sobre el hundimiento del muelle flotante que servía para dar servicios de distribución de alimentos a la industria del salmón, debido a condiciones climáticas adversas. Tanto las instalaciones siniestradas, los efectos del accidente y la paralización respectiva, están debidamente protegidos por seguros. 

“Los bienes siniestrados tienen un valor libro neto actual de US$ 544 mil, lo que representa un 0,5% del total de activos fijos de la sociedad, y su contribución al margen operacional es muy menor. Asimismo se considera que no hay daño ambiental, por cuanto la carga presente en el muelle correspondía a alimentos para la industria del salmón”, detallaron. 

La primera medida para la empresa será ejecutar la recuperación, almacenamiento y disposición final del alimento vertido al mar, conforme a lo establecido en sus Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), y a sus planes de contingencias. El medio de verificación será a través de un Plan de Trabajo que registrará todos los resultados solicitados y que deberá contar además con un cronograma asociado a las acciones que se contemplen.

El titular deberá presentar -además- un Plan de Monitoreo Ambiental, que considerará un muestreo en columna de agua, sedimentos y biota. Dicho monitoreo deberá realizarse en el sector del terminal de carga donde se produjo el accidente y pesquisará sustancias relacionadas al alimento, así como también asociadas al florfenicol (antibiótico) considerando un radio de 5 kms., tomando como punto de referencia el terminal marítimo. Además, se ordena un muestreo intensivo en la zona del canal de Caicaen, comuna de Calbuco.

Cabe señalar que este seguimiento se deberá entregar dentro de los primeros 5 días hábiles y ejecutarse a través de una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental, (ETFA) del registro público de la SMA. La compañía, tendrá un plazo de 10 días, contados desde el vencimiento del plan de monitoreo ambiental, para reportar el cumplimiento.

Por último, la empresa Portuaria Cabo Froward tendrá un plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la presente resolución, para ejecutar las medidas detalladas.