BioMar y Skretting rechazan requerimiento de FNE por eventual colusión
Chile: Ambas empresas argumentaron ante el TDLC que las plantas de alimentos para salmón compiten por adjudicarse contratos de suministro en Chile, no siendo efectivo un cartel de precios.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), a fines del año pasado, un requerimiento en que acusó de coludirse a las cuatro principales empresas fabricantes de alimentos para salmónidos que operan en Chile: BioMar, Skretting, Ewos y Salmofood. Y el proceso sigue avanzando, con los nuevos informes técnicos de dos compañías.
BioMar Chile, a través de sus abogados representantes José Miguel Huerta y Álvaro Vives, contestó el requerimiento de la FNE presentando un documento de 91 páginas ante el TDLC, donde argumenta que “la teoría del daño anticompetitivo expuesta en el requerimiento no es efectiva. Los precios de las dietas para salmónidos han sido el resultado de la competencia entre las plantas de alimento por adjudicarse contratos de suministro. La competencia en la industria ha sido especialmente propiciada por las empresas acuícolas, clientes sofisticados que cuentan con un acabado conocimiento del mercado de las materias primas y con un alto poder de compra”.
“Ello se traduce en: (i) complejos procesos de adjudicación de contratos, con múltiples rondas de negociación; (ii) el escrutinio de los reajustes periódicos informados por las plantas de alimento, incluyendo los costos de las materias primas subyacentes; y (iii) procesos de auditoría, que eventualmente pueden terminar en la emisión de notas de crédito en favor de los clientes”, de acuerdo con el escrito de BioMar Chile.
Frente a esto, manifestó BioMar Chile en su informe técnico, “lejos de existir ‘ventajas o ingresos sobrenormales’ y ‘precios sin presiones competitivas’, la industria de alimento para salmónidos en general, y BioMar en particular, se han caracterizado por bajos márgenes durante la época a que se refiere el Requerimiento (2003 a 2015)”.
En tanto, Skretting Chile, por medio de sus abogados representantes Ignacio Larraín, Juan Cristóbal Gumucio, Álvaro Espinosa, Gabriel Budnik y Elías Astudillo, contestó el requerimiento de la FNE con un documento de 70 páginas presentado en el TDLC, afirmando que “la coordinación eficaz puede lograrse más fácilmente en los mercados altamente comoditizados. Los mercados comoditizados no sólo se caracterizan por productos estandarizados sino también por contratos estandarizados, ya que, en los mercados de bienes homogéneos, cualquier contrato con condiciones menos favorables provocaría que los clientes cambiaran a otros proveedores. Esta no es la situación del mercado de alimentos para salmón”.
“Al contrario: cada transacción de dieta se negocia con cada cliente de forma individual. Tales negociaciones dan lugar a contratos privados, cuyas condiciones específicas no son conocidas por los competidores, incluyendo esquemas contractuales diferenciados y altamente personalizados, ofrecidos por Skretting (y probablemente también por sus competidores) con el fin de satisfacer las necesidades de sus clientes. Los términos de esos contratos no suelen ser públicos”, dejó en claro en su escrito Skretting Chile.
De este modo, Skretting Chile recalcó en su informe técnico que “la FNE parece haber ignorado por completo el hecho de que: (i) los proveedores de Dietas no tienen opciones externas, por lo que necesitan seguir siendo competitivos; (ii) las Dietas son productos significativamente diferenciados; (iii) durante el presunto período, el mercado de alimentos para salmones ha sido muy inestable; y (iv) el alto nivel de adaptación de los contratos hace prácticamente imposible coordinar eficazmente los precios mediante el intercambio de información sobre los precios de las materias primas (que, además, representan sólo una parte del precio final cobrado al cliente)”.