Comisión de Salud del Senado en sesión del 11 de enero de 2022.

Senado retomará discusión de normativa que regula uso de antibióticos

Chile: Se resolvió que los productores, importadores y distribuidores de alimentos de origen animal para consumo humano, deberán informar que éstos han sido generados respetando uso de antimicrobianos.

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De acuerdo con lo informado por el Senado, la Comisión de Salud de la Cámara Alta quedó en condiciones de remitir a la Sala, el proyecto que establece normas contra la resistencia a los antimicrobianos.

Esto, luego que sus integrantes aprobaran en particular su contenido, el que cursa primer trámite y que tiene origen en una moción de los senadores Carolina Goic, Guido Girardi, Rabindranath Quinteros y Francisco Chahuán.

La iniciativa pretende regular el uso de antibióticos en la población humana y animal, considerando que su sobreingesta ha provocado que las bacterias se hagan resistentes a estos medicamentos agravando la condición de salud.

En la sesión del 11 de enero se aprobó con 3 votos a favor y una abstención de la senadora Carolina Goic, una indicación de los parlamentarios Carmen Gloria Aravena y Juan Castro que plantea que “los productores, importadores y distribuidores de alimentos que se refieren a esta ley, deberán informar de manera clara y visible, que sus productos han sido producidos respetando la normativa vigente de uso prudente de antimicrobianos”.

Este tema fue ampliamente debatido en varias sesiones puesto que existían dos miradas: informar que el producto fue elaborado sin usar antimicrobianos o informar que el producto fue elaborado usando antimicrobianos por debajo de los límites máximos residuales establecidos.

Por lo pronto, se ha aprobado el siguiente texto:

  • La definición de resistencia a los antimicrobianos, antimicrobianos, agente multiresistente, profilaxis humana con antimicrobianos, uso terapéutico antimicrobiano en humanos, uso terapéutico antimicrobiano en animales, profilaxis terapéutica antimicrobiana en animales y metafilaxis.
  • Se entiende por metafilaxis, la aplicación de un antibiótico, indicado por un médico veterinario, a animales sanos potencialmente enfermos, debido a un brote de la enfermedad en la comunidad donde habitan. En tanto, profilaxis se refiere a la medicina preventiva en general.
  • Sólo se permitirá el uso de la metafilaxis con antimicrobianos que se encuentren registrados en el Registro de productos farmacéuticos de uso veterinario del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
  • Se utilizarán los antimicrobianos con fines metafilácticos cuando el riesgo de propagación de una infección o de una enfermedad infecciosa en el grupo de animales sea elevado. No se usarán para fines profilácticos salvo a excepción a un número determinado de animales que podría generar un elevado riesgo en el todo. Se prohíbe el registro de uso de los antimicrobianos con fines de engorda o crecimiento animal.