El nuevo reglamento para monitoreo ambiental en línea a la salmonicultura
Chile: Con estaciones oceanográficas y meteorológicas, la Autoridad controlará en línea temperatura, corrientes, turbidez, oxígeno disuelto, viento y radiación solar en agrupaciones de concesiones.
Subpesca publicó un esperado reglamento, que permitirá implementar un sistema de monitoreo y todos los aspectos técnicos para el control en línea de parámetros ambientales de las agrupaciones de concesiones de salmónidos.
De este modo, el sistema regulado deberá estar compuesto por estaciones de monitoreo, que serán las encargadas de recopilar, a través de sensores, las variables oceanográficas como temperatura, conductividad/salinidad, presión, corrientes, fluorescencia, turbidez, oxígeno disuelto y pH, y las variables meteorológicas como viento, precipitación y radiación solar.
La información recopilada será transferida en forma directa o por medio de estaciones base, hacia la plataforma de datos -servidores yo computadores-, que almacenará, procesará y realizará los análisis de los datos provenientes de las estaciones de monitoreo.
En tanto, los requisitos que deberá cumplir el sistema de transmisión, recepción y almacenamiento radican en la seguridad, garantizando que la información no podrá ser modificada o inyectada por terceros mediante mecanismos de suplantación de identidad.
Asimismo, debe contar con información en línea, con un retraso que no podrá exceder las 24 horas en condiciones de operación normal, y además, se tendrá la obligación de que el sistema funcione en modo contingencia, y con algún mecanismo de reconexión automática.
Considerando el lugar de instalación de la estación de monitoreo oceanográfico, deberá ser el más alejado de las balsas jaulas, el más profundo dentro de la concesión salmonicultora y en la zona lo más expuesta posible, cerca igualmente de la estación de monitoreo meteorológica.
Si es que los productores de salmón adoptan un plan de monitoreo integrado, Subpesca identificará el lugar de instalación de la respectiva estación, el que deberá cumplir con diferentes características, dependiendo si queda al interior o exterior de una concesión.
Otro dato relevante es que la frecuencia de la medición o registro de las variables oceanográficas y meteorológicas y transmisión, para las estaciones de monitoreo y base, deberá ser cada una hora. En ambas variables, el dato muestreado tendrá que ser el promediado sobre un período de tiempo de los últimos 10 minutos.
Le corresponderá al IFOP administrar esta plataforma de datos, para lo cual deberá recepcionar la información emitida desde todas las estaciones de monitoreo desplegadas en las regiones de Los Lagos, Aysén y Magallanes, según corresponda.
Para conocer más detalles de la normativa, que contiene también pasos técnicos a seguir para instalación y mantención de sistemas, haga click aquí.