Foto: Cámara de Diputados.

A comisión mixta proyecto que exige remoción de sedimentos en fondos marinos

Chile: La iniciativa, que deberá resolver diferencias parlamentarias en una nueva tramitación, impone a la salmonicultora la obligación de mantener la limpieza y el equilibrio ecológico de la zona concesionada.

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La Cámara de Diputados envió a comisión mixta el proyecto de ley que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura. Esto, por las diferencias registradas en algunas de las enmiendas realizadas por el Senado.

El objetivo de la iniciativa es exigir la remoción de sedimentos a los titulares de concesiones de acuicultura para el cultivo de especies exóticas (boletín 12050).

La idea matriz de la norma busca dar eficacia a lo dispuesto en la Ley General de Pesca y Acuicultura. Es decir, impone al concesionario la obligación de mantener la limpieza y el equilibrio ecológico de la zona concedida.

Asimismo, plantea que la conservación y el uso sustentable de los recursos hidrobiológicos se hará mediante la aplicación de un enfoque precautorio. En tal sentido, se procurará el resguardo en la regulación pesquera y la salvaguarda de los ecosistemas marinos en que existan esos recursos.

Especificaciones

En la ocasión, los diputados rechazaron tres de las modificaciones. Concretamente, dos apuntaron a la eliminación del concepto “inmediato”, que estaba incorporado dentro de las acciones de remoción de desechos inorgánicos en el fondo de la concesión. Igualmente, aplicaba para aumentar las sanciones aplicables al caso.

El tercer punto buscaba especificar lo referente al plan de recuperación. En tal plano, se indicaba que tendría por objeto respecto de las concesiones de acuicultura que se encuentren en condiciones anaeróbicas y aquellas cuyos resultados ambientales se encuentren dentro de los parámetros que establezca el reglamento.

En texto, en términos generales, determina que el dueño de la concesión de acuicultura deberá adoptar las medidas para evitar o reducir, el depósito de desechos orgánicos en el fondo de la misma. Para tales efectos, tendrá que presentar un plan de recuperación y uno de investigación del fondo marino ante el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Si el titular del centro de cultivo comete una infracción a lo dispuesto en la norma, será sancionado con la suspensión de operaciones por un plazo de dos años.

Será causal de caducidad de las concesiones y autorizaciones de acuicultura quien haya sido sancionado, por segunda vez, en la no mantención de la limpieza y del equilibrio ecológico de la zona concedida. Esta alteración debe tener como causa la actividad acuícola y ser de responsabilidad del concesionario.

Participaron en el debate los diputados DC Gabriel Ascencio e Iván Flores y el RD Jorge Brito.