Colapso del muelle de carga de Portuaria Cabo Froward en Calbuco. Foto: Archivo Salmonexpert.

Ordenan retiro de alimento para peces que permanezca en medio marino de Calbuco

Chile: El Tribunal Ambiental afirmó, tras el colapso del muelle Cabo Froward, que el alimento para peces que permanecería todavía en el medio marino de Calbuco sería un peligro, por los antibióticos que contendría.

Publicado Última actualización

El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, dictó una medida cautelar tras el colapso de un muelle mecanizado de la empresa Terminal Marítimo Portuario Cabo Froward, registrado el pasado 24 de agosto en el canal Caicaén, de la comuna de Calbuco.

La medida, compuesta de varias acciones, fue dictada en el marco de una solicitud presentada junto a la demanda de reparación por daño ambiental que interpusieron tres juntas de vecinos, nueve comunidades indígenas y un comité de salud de dicha comuna, informó el Tribunal vía comunicado de prensa.

De acuerdo con la resolución notificada durante la tarde de este miércoles, el Tribunal ordenó el retiro y rescate de todos los contenedores de alimento para peces, y demás sustancias que aún permanezcan sobre la estructura colapsada de la instalación portuaria, específicamente muelle mecanizado del Terminal Marítimo Cabo Froward.

Además, el Tribunal ordenó el retiro y rescate de todo vestigio del alimento para peces y demás sustancias que permanezcan en el medio marino, y el traslado y disposición en un lugar seguro, por parte de la demandada, tanto los restos de la estructura del muelle como del alimento y demás sustancias recuperadas. 

Según la resolución de la autoridad, la situación de peligro derivada de la mantención de los hechos que motivan la solicitud, se originan por “la composición del alimento para peces, dada la presencia de altas dosis de antibióticos y los impactos que de ello se derivarían”.

“Existe amplia referencia asociada a que el uso de grandes cantidades de antibióticos, como el florfenicol, puede generar una disrupción ecosistémica de la microbiota en el medio afectado, dado que favorecería la aparición de organismos resistentes y la bioacumulación de los componentes sedimentados en el ecosistema, lo que se vincularía con la afectación directa de la flora y fauna del ecosistema alterado, y la posible transferencia de resistencia adquirida al ser humano”, explicó el Tribunal.

Junto con ordenar la medida cautelar de oficio, el Tribunal desestimó un conjunto de acciones solicitadas por los demandantes, porque consistían en diligencias probatorias y escaparían al fin puramente cautelar de la medida solicitada.