Foto referencial de centro de cultivo.

Subpesca establece nuevo indicador sanitario al PRS Individual

Chile: Aquellos titulares que en promedio bañen un menor porcentaje de jaulas para controlar la caligidosis al término del periodo productivo, podrán optar a una menor reducción de siembra. Esto, al considerar que existe una correlación entre la frecuencia de tratamientos realizados, el porcentaje de jaulas tratadas y los resultados de manejo sanitario en un centro de cultivo durante un ciclo o periodo productivo.

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De acuerdo con el informe técnico (D.AC) N° 862 “Propuesta de Porcentaje de Reducción de Siembra individual (PRS) como alternativa al establecimiento de densidades de cultivo”, la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura (Subpesca) ha establecido mediante R. Ex. N° 3375, los indicadores sanitarios, ponderación de las variables y porcentajes de reducción de pérdidas.

La R. Ex. 3375, fija como indicador sanitario, para efectos de la determinación del porcentaje de reducción de siembra, el Promedio Porcentual de Jaulas Tratadas por inmersión con productos farmacológicos para el control de la Caligidosis (PPJT) realizado en cada centro de cultivo, por periodo productivo. Este indicador, según el Informe Técnico N° 862, dará cuenta de la frecuencia de tratamientos farmacológicos por inmersión efectuados en un centro de cultivo por periodo productivo.

Alejandro Barrientos, profesional de la Subpesca, detalló a Salmonexpert que lo publicado corresponde a una Resolución Exenta que se basa en el D.S. (Minecon) N° 74 de 2016, publicado en el D.O. el 23 de agosto de 2016, el cual modificó el D.S. (Minecon) N°319 de 2001 (Reglamento Sanitario para la acuicultura – RESA). "Esta Resolución se hace cargo de los indicadores sanitarios que dan operación a la norma denominada “Porcentaje de Reducción de Siembra Individual”, denominado también PRS Individual Fijo", dijo.

"El PRS Individual Fijo corresponde a una medida voluntaria que puede ser adoptada por los  titulares, la cual es una  alternativa a la norma de densidades de cultivo (Título XIV del Reglamento) , mediante la cual los titulares, al disminuir el número de peces a sembrar, en consideración de un periodo productivo respecto del siguiente periodo productivo, pueden optar a una mejor densidad de cultivo, lo que se traduce en poder sembrar un mayor número de ejemplares por jaula", dio a entender Barrientos.

Agregando que, de acuerdo con el reglamento los porcentajes de reducción se establecieron asociados a un indicador sanitario, el cual se determinó fuera un “promedio porcentual de jaulas tratadas por inmersión con productos farmacológicos para el control de Caligus”, asociado a una pérdida obtenida, lo que lleva a aplicar  porcentajes de reducción de siembra de acuerdo a los resultados de cada titular. El fundamento técnico está contenido en el Informe Técnico D. Ac. N°862 en el cual se funda la resolución.

Caso

A modo ejemplo, detalló el profesional de Subpesca, considerando la especie salmón Atlántico, para jaulas de cultivo de 30x30 metros, en una ACS que obtuviera mediante la norma general de densidades de cultivo, clasificación de bioseguridad Baja 1, los centros de cultivo que integran la ACS podrían sembrar por jaula, como máximo 45.882 peces, en tanto, al suscribir la norma voluntaria (PRS) podrían sembrar 80.000 peces por jaula.

De esta forma, en términos generales para sembrar 1.000.000 de peces mediante norma de densidad, el titular deberá sembrar 22 jaulas de cultivo, en tanto mediante PRS individual, al aplicar la reducción y dependiendo del nivel obtenido, en vez de sembrar de 1.000.000 de peces, en el peor de los casos podrá sembrar 880.000 peces (reducción de 12%), para lo que requerirá de 11 jaulas de cultivo app, mientras que en el mejor de los casos podrá sembrar 970.000 peces (reducción de 3%)  en 12 jaulas app.

Comisión Nacional de Acuicultura (CNA)

Sandra Bravo, docente de la Universidad Austral de Chile (UACh) y miembro de la Comisión Nacional de Acuicultura comentó a Salmonexpert que, mediante esta resolución, se evaluará el  desempeño sanitario de  cada centro de cultivo de propiedad de un titular, en términos de pérdidas de peces (mortalidad) declarada y número de tratamientos  para el control de Caligus efectuado por jaulas, promedio porcentual de jaulas tratadas  (PPJT).

"Si  el desempeño es malo, el centro de cultivo deberá  reducir  el porcentaje de  siembra durante la temporada  siguiente , en los términos que lo indica la autoridad en la Res. Ex. Nº 3375. En caso de que el titular acceda a aplicar el criterio de PRS a todos sus  centros de cultivos, y en caso de que su desempeño sanitario sea alto en un determinado centro, se le premiará  con un incremento del 3%  en el número de peces a ingresar a la temporada  siguiente", detalló la especialista.

Frente al objetivo de estas modificaciones, Bravo explicó que el fin planteado por la autoridad es  que  sean los mismos  productores los que se  esfuercen  por mejorar su desempeño sanitario y productivo. Según consta en el  Informe Técnico D.AC (28.10.2016), ésta es una  medida que los productores  suscribirán voluntariamente.

De  acuerdo con la información generada  por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), a través de los informes  sanitarios emitidos anualmente, la enfermedad  que  provoca las principales pérdidas en términos de mortalidad es la Piscirickettsiosis, enfermedad que afecta  a las tres especies salmonideas cultivadas  en Chile, y que además  es la responsable de los altos volúmenes de antibióticos usados en el país, "por lo que lo más lógico hubiera sido utilizar  el número de tratamientos aplicados para combatir  a esta enfermedad por ciclo productivo, como criterio para evaluar el desempeño sanitario y productivo de un centro de cultivos y no la Caligidosis, parásito que afecta solamente al salmón Atlántico y trucha arcoíris y que, además,  no causa  mortalidades  en los centros ubicados en zonas estuarinas", concluyó.