Corte Suprema. Foto: Poder Judicial.

Acogen recurso de protección contra relocalización de centros de salmones

Chile: Corte Suprema falló a favor de comunidades indígenas, estableciendo el actuar ilegal y arbitrario del SEA, al no contemplar el procedimiento de participación ciudadana antes de aprobar los proyectos de Nova Austral.

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La Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, Adelita Ravanales, Roberto Contreras y los abogados Diego Munita y Carolina Coppo– acogió el recurso de protección presentado por comunidades indígenas y ONG y le ordenó al Servicio de Evaluación Ambiental abrir proceso de participación ciudadana de proyecto de instalación, fusión y relocalización de centros de cultivos de salmones de la empresa Nova Austral, en las inmediaciones del Parque Nacional Kawésqar, región de Magallanes, como exige la norma legal.

De acuerdo con lo informado por el Poder Judicial, en la sentencia (causa rol 60.548-2021), se estableció el actuar ilegal y arbitrario del servicio recurrido al no contemplar el procedimiento de participación ciudadana antes de aprobar los proyectos objetados.

“Que en este escenario y conforme a lo antes expresado, tratándose de un proyecto sometido a una Declaración de Impacto Ambiental, en este caso de cultivo y engorda de salmones, es una actividad sometida al SEIA que generará, en mayor o menor medida, un beneficio o utilidad social suficiente para cumplir con la exigencia del artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que debió darse lugar al proceso de participación ciudadana, al concurrir en la especie las demás exigencias que ha establecido el legislador”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que “respecto de la afirmación de que no se producirían externalidades negativas considerando que no existen localidades próximas, se ha de tener presente que el cultivo de salmones se desarrolla, aun controlado, sobre la superficie marítima, y que el uso de antibióticos y las eventuales fugas de salmones o sus deposiciones son susceptibles de afectar grandes áreas que sobrepasan la supuesta distancia del proyecto al poblado más cercano”.

“Es necesario recordar que los órganos del Estado, en el ejercicio de sus competencias ambientales y en la aplicación de los instrumentos de gestión ambiental, deberán propender la adecuada conservación, desarrollo y fortalecimiento de la identidad, idiomas, instituciones y tradiciones sociales y culturales de los pueblos, comunidades y personas indígenas, de conformidad a lo señalado en la ley y en los convenios internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”, se añade en el fallo.

Revoca apelación

Para la Corte Suprema “el proyecto no debió quedar excluido del proceso de participación ciudadana contemplado en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, y que el recurso de protección deberá ser acogido, enmendando desde luego un aspecto que afecta negativamente un procedimiento en desarrollo, el que, de no efectuarse esta corrección, se verá cuestionado en su legalidad posteriormente”.

En la resolución del máximo tribunal, la omisión del proceso de participación ciudadana legalmente requerido por los actores deviene, entonces, en ilegal, “toda vez que impide el efectivo ejercicio del principio de participación consagrado en el Derecho Ambiental Chileno, que la autoridad debía acatar por imperativo legal, aspecto que lesiona la garantía de igualdad ante la ley, al no aplicarse las disposiciones contenidas en los artículos 26 y siguientes de la Ley N° 19.300, que consagran la participación de la comunidad en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”.

Por lo anteriormente expuesto, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada el 7 de agosto del año pasado, “y en su lugar se declara que se acoge el recurso de protección y, en consecuencia, se dejan sin efecto las Resoluciones Exentas Nº20219910118; Nº202199101185; Nº202199101179 y Nº202199101188, de fecha 31 de marzo y 1 de abril de 2020, del Servicio de Evaluación Ambiental y se ordena la apertura de un procedimiento de Participación Ciudadana respecto de la Declaración de Impacto Ambiental de los proyectos:

  1. “Centro de cultivo de salmónidos, Norte de Islas Dante, Isla Clarence, comuna de Punta Arenas, Provincia de Magallanes, N° Pert: 218120002, Sector 2. Clarence 1”.
  2. “Fusión y Relocalización: Centro de cultivo de salmónidos, Paso Andrade Taraba, al norte de Isla Seebrock, XII, Nº PERT: 218120002, Sector 3. Clarence 2”.
  3. “Fusión y Relocalización: Centro de cultivo de salmonídeos, Seno Dineley, al Suroeste de Puerto Lema, Isla Clarence, N° Pert: 218120001, Sector 5. Clarence 5”.
  4. “Fusión y Relocalización: Centro de cultivo de salmonídeos, Sector Seno Dineley, al Suroeste de Puerto Luis, Isla Clarence, Nº PERT: 218120001, Sector 3. Clarence 7”.
  5. “Fusión y Relocalización: Centro de cultivo de salmónidos, Canal Acwalisnan, al Este de Puerto Yelcho, Isla Clarence, N° Pert: 218120002, Sector 4. Clarence 9”.

“Así debe retrotraerse el proceso de Declaración de Impacto Ambiental al momento previo a su calificación, debiendo someterse el proyecto, previamente, al procedimiento de participación ciudadana previsto en los artículos 26 a 31 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente”, manifiesta la Corte Suprema.

Nova Austral

Desde Nova Austral declaracon que “el proceso de relocalización está alineado con la voluntad del Estado, iniciada en 2014, para mejorar el desempeño sanitario de la industria en la región y alejarse de los parques nacionales. Nova Austral cumplirá cabalmente con la sentencia, llevando a cabo el procedimiento de participación ciudadana respecto de la Declaración de Impacto Ambiental en los proyectos en proceso de relocalización. Desde el primer momento, estamos colaborando y cumpliendo a las recomendaciones para que la industria traslade sus concesiones ubicadas en parques nacionales y cordones sanitarios a otras áreas consideradas acordes para el desarrollo de la actividad acuícola y los objetivos de protección ambiental que establece la normativa vigente”.

La salmonicultora recalcó que “desde que la compañía reestructuró completamente la gestión interna hace más de dos años, hemos sumado y recuperado certificaciones internacionales que garantizan los máximos estándares medioambientales y de cumplimiento en nuestras operaciones, lo que se alinea con nuestro compromiso de desarrollar el cultivo y procesamiento del salmón en armonía con el entorno y las comunidades con las que nos relacionamos. En nuestro informe anual de sostenibilidad, hemos divulgado debidamente todos los KPI relevantes para nuestras operaciones, incluido el uso cero de antibióticos en nuestros centros de cultivo durante los últimos años”.