Aprueban Manual que regula actuar de funcionarios de Sernapesca
Chile: El Manual en su versión 2.0 incluye alertas ante funcionarios de Sernapesca que aceptan obsequios o regalías por parte de empresas fiscalizadas, o que desean acudir solos a fiscalizar.
Con fecha 20 de febrero del presente año, se aprobó la versión 2.0 del Manual del Sistema de Prevención del Lavado de Activos, delitos funcionarios y financiamiento del terrorismo del Sernapesca.
Respecto a la versión anterior, que data del 2017, se modifican 12 puntos y se agregan siete nuevos anexos: el primero de éstos es el procedimiento para identificar, evaluar y actualizar los riesgos institucionales, así como su difusión y capacitación.
Además, se establece el procedimiento para identificar operaciones inusuales o sospechosas, y se amplía el listado de señales de alerta, según informa Sernapesca.
Por ejemplo, funcionarios con un nivel de gastos o inversiones que no corresponde a su nivel de ingresos declarados, o aquellos que con frecuencia permanecen en la oficina más allá de la hora de cierre, o atienden persistentemente a determinados usuarios.
También aquellos funcionarios que aceptan obsequios o regalías por parte de empresas fiscalizadas, o que desean acudir solos a fiscalizar.
Además, se establecen alertas sobre eventuales conflictos de interés por relaciones de parentesco, sociales o de negocios, vinculadas al manejo de información, o a procesos de contratación de funcionarios públicos.
Por último se agrega un anexo que consigna los cambios observados en las señales de alerta más críticas de Sernapesca.
Ana María Ramírez Angeli, encargada de la Unidad de Análisis Financiero de Sernapesca, enfatiza que la principal innovación del Manual versión 2.0, es la incorporación de nuevas señales de alerta ante posibles delitos funcionarios que preceden a los de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Estas señales fueron levantadas por funcionarios regionales durante las capacitaciones efectuadas el año 2019.
La abogada reitera que cualquier funcionario tiene la posibilidad y en algunos casos la obligación de reportar a la UAF institucional, situaciones que a su entender se enmarcan dentro de las señales de alerta establecidos en este documento. El procedimiento garantiza que tanto el reporte como su tramitación posterior están sujetos a la más absoluta confidencialidad.