Desestiman denuncia sobre trabas a la libre competencia en la industria salmonicultora
Chile: Tres años se tomó la Fiscalía Nacional Económica para analizar una denuncia contra Subpesca sobre eventuales normas contrarias a la libre competencia y barreras de entrada a la salmonicultura.
Fue el 7 de enero de 2019 cuando ingresó la denuncia de un particular a la Fiscalía Económica, advirtiendo efectos contrarios a la libre competencia a partir de una normativa aprobada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca).
Se cuestionaban medidas que, por un lado, fijaron criterios para limitar la densidad de la biomasa en las agrupaciones de concesiones y, por otro, permitieron a titulares de concesiones producir a la máxima densidad permitida siempre que cumplan con un programa de manejo sanitario individual y reducción de su siembra.
De acuerdo con la denuncia tal normativa, dictada los años 2018 y 2019 respectivamente, iría en beneficio de algunos productores y en desmedro de otros, estableciendo barreras para el crecimiento de la industria y para la entrada de nuevos competidores.
En su momento, la Fiscalía Nacional Económica encontró que había argumentos suficientes para iniciar una investigación acerca de los efectos en la industria de esas resoluciones de Subpesca.
Pero tras un estudio acabado de la normativa que rige a la salmonicultura, las condiciones particulares de la industria y los mecanismos de entrada al mercado, el organismo descartó que haya infracciones a la libre competencia y el Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco, ordenó archivar la investigación.
Los argumentos a favor de la industria
La Fiscalía Nacional sustentó esta decisión en el análisis de las condiciones en que opera la industria salmonicultora en el país. Un dato relevante fue que el año 2020 el 95% de la producción se destinó a la exportación.
“Ello implica que las empresas con actividades en Chile deben competir con compañías de diversos países que también se dedican a la producción de salmónidos, tales como Noruega y Canadá, lo que ejerce una fuerte presión competitiva sobre la industria nacional. En la misma línea, es posible afirmar que el precio de los salmónidos es fijado a nivel internacional, lo que limita fuertemente la posibilidad de que exista cualquier ejercicio de poder de mercado y/o potenciales abusos sobre los consumidores locales”, razona el organismo.
Además el análisis de las exportaciones por empresas y volúmenes demuestra, según la Fiscalía, que la industria local puede clasificarse como no concentrada de acuerdo con los parámetros estándar de la libre competencia, aunque previene que en los últimos años se han producido una serie de fusiones que han generado una tendencia gradual hacia la concentración.
Sobre las condiciones de entrada para nuevos actores al negocio, la Fiscalía sí advierte una importante barrera legal porque para la producción de salmónidos se requiere contar con una concesión de acuicultura y prácticamente desde el año 2010 a la fecha, la posibilidad de solicitarlas está suspendida.
“Existe un mercado secundario en el que se pueden transferir, arrendar o ceder derechos sobre las concesiones de acuicultura, lo que constituye la única posibilidad de entrada o de expansión en la industria”, indica el análisis.
Y finalmente, la investigación determinó que las normativas que cuestionó el denunciante están de acuerdo con los objetivos de la Ley General de Pesca y Acuicultura porque buscan controlar un factor de riesgo para la industria salmonera mediante la disminución del número máximo de peces en los centros de cultivo.