Seremi del Trabajo descarta que empresas se acojan a causal de caso fortuito para despidos
Chile: La autoridad informó que las desvinculaciones que se han registrado a la fecha en la región -principalmente en la industria del salmón- corresponden a término de contrato y no como consecuencia de la crisis de la marea roja.
Ante la incertidumbre que genera en la población la posible cesantía que puede traer la crisis de la marea roja que afecta a la región, las autoridades de Trabajo llamaron a la calma, asegurando que darán las garantías necesarias para que las empresas salmoneras, las plantas de proceso y el comercio, no tomen decisiones unilateralmente, según informó El Llanquihue.
El seremi del Trabajo, Claudio Villanueva, dio a conocer que se han habilitado tres canales para que los trabajadores puedan hacer consultas o dejar constancias, a través de un banner en la página web de la Dirección de Trabajo, una línea telefónica o en las oficinas del servicio ubicadas en Puerto Montt, Ancud, Castro y Quellón, siendo esta última instancia la que ha concentrado el mayor número de atenciones, las cuales en total sobrepasan las dos mil durante los últimos días.
Además, el titular de trabajo a nivel regional hizo un llamado a los empleadores, a generar procesos de diálogo con sus trabajadores. "Estamos dispuestos como Dirección del Trabajo a actuar como garantes en estos procesos de acuerdo con la finalidad de no profundizar esta crisis, y poder seguir adelante con las actividades que cada rubro está realizando", recalcó.
Villanueva agregó que la idea es que se utilice a la Dirección del Trabajo como acompañamiento y no sólo como fiscalizador, para que se lleguen a acuerdos en beneficio de los empleadores, respetando los derechos de los empleados.
Caso fortuito
En relación a la aplicación de la causal de término de contrato de trabajo, contenida en el artículo 159 número 6 del Código del Trabajo, por "caso fortuito" o "fuerza mayor", el seremi informó que, de acuerdo a distintos dictámenes del organismo, en este caso no aplicaría.
El director regional del Trabajo, Guillermo Oliveros, dijo que el uso de este artículo es una norma de término de contrato especial y no de carácter general; además, es restrictiva, porque debe ser una situación que no dependa del empleador ni del trabajador, pero también, tiene que ser impredecible e irresistible.
En el caso de la Marea Roja, las últimas dos condiciones descritas no se cumplen, ya que de acuerdo a las acciones oficiosas que se han realizado en las inspecciones del Trabajo, los empleadores han consultado sobre cómo manejar esto; es decir, están prediciendo la situación y tienen posibilidades de resistirlo, buscando fórmulas para sortear la crisis.
En caso que alguna empresa decida poner término a contratos de trabajo bajo esta causal, se puede recurrir a la anulación de esto, a través de un procedimiento de conciliación, donde el empleador tiene que justificar la decisión y de no revocarlo, se lleva a un tribunal laboral.
En tanto, el presidente provincial de la CUT, José Pacheco, dijo que esta crisis no debería afectar el empleo local, "a no ser que las empresas se quieran aprovechar de la situación", pues no existen las condiciones para que desvinculen a los trabajadores, ya que están resguardados con los seguros.
Agregó que en el caso de las empresas que quieran acogerse a la causal de despido, por caso fortuito, sería una decisión equivocada, porque tendrían que enfrentarse a juicios laborales.
Sin embargo, como gremio estarán atentos a lo que pueda suceder y si efectivamente las empresas están cumpliendo con sus buenas prácticas laborales.