Invermar rechaza que se entregue información sobre relocalizaciones de concesiones
Chile: La salmonicultora recurrió al Tribunal Constitucional para evitar que se entregue a una particular información sobre sus solicitudes de relocalizaciones de concesiones.
A través del abogado Jaime Barría, Invermar presentó un requerimiento de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional (TC), con el fin de evitar la entrega de información desagregada Daniela Álvarez, tras su petición hecha a Subpesca sobre: “Listado de solicitudes de relocalizaciones de concesiones de acuicultura de peces en la región de Los Lagos, ingresadas entre el 01-04-2010 al 09-04-2020, indicando a lo menos código del centro, nombre y RUT del titular de la solicitud, geolocalización de área de origen de la concesión, geolocalización de área de destino de la relocalización y estado de tramitación de la solicitud”.
Frente a esto, el representante de la salmonicultora local afirmó que “la inconstitucionalidad de las disposiciones legales está constituida por traspasar los límites que el inciso 2° del artículo 8° de la Constitución Política de la República fija a la publicidad de los actos y resoluciones emanados de los órganos del Estado”.
Lo anterior, de acuerdo con el escrito de la empresa, “pues la circunstancia que la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura tenga en su poder la información, no implica que ella sea pública, ni mucho menos que un particular tenga derecho a conocerla, máxime si las solicitudes de relocalización de centros de engorda de la región de Los Lagos aún se encontraban en proceso de trámite a la fecha del requerimiento de la información por el tercero interesado, por lo que no se materializaban todavía los actos y resoluciones recaídas en ellos, en consonancia a lo que señala el artículo 8° inciso 2° de la Constitución Política de la República”.
En otras palabras, según el proceso iniciado en el TC, “el requirente solicitó información que forma parte de un proceso administrativo pendiente ante la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, cuya divulgación afecta a los derechos comerciales o económicos de los titulares de las concesiones de cuya relocalización se trata, por sus legítimos derechos derivados de su condición de particular interesado en tal proceso administrativo”.
“Cabe tener presente que el acceso a la información a las solicitudes de relocalización, hasta antes del ingreso al sistema de evaluación ambiental, vulnera el derecho del privado de la probabilidad de terminar exitosamente el proceso, debido a que se pueden tramitar áreas de manejo, espacios marítimos costeros de pueblos originarios, concesiones marítimas, que se superpongan al espacio de la solicitud de relocalización, obstruyendo el proceso, razón por la cual la misma Subsecretaría dejó de publicar la información hace muchos años, precisamente con el fin de que se lleven a efecto las relocalizaciones, sin que intencionalmente se obstruyan”, recalcó el abogado.
Así las cosas, el representante de Invermar sostuvo que “no es posible que las empresas que solicitan relocalización se vean expuestas a que terceros soliciten concesiones sobrepuestas u otras situaciones que impidan el objetivo normativo, o respecto a cuál es una mejor localización de las concesiones, tanto desde el punto de vista sanitario, como del punto de vista de su mejor aprovechamiento. Por lo anterior, es que el momento en que la información es pública, es en el proceso de evaluación ambiental y desde luego, cuando se accede a la relocalización, no antes”.
Cabe indicar que Subpesca denegó el acceso a la información requerida por la particular, pero luego, Daniela Álvarez dedujo amparo ante el Consejo para la Transparencia, donde esta última entidad acogió la solicitud por unanimidad, alzándose posteriormente el proceso a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.