Senador Alejandro Navarro. Foto: www.navarro.cl

Piden revisar legalidad de Reglamento Ambiental para la acuicultura en Chile

Chile: El presidente de la Comisión de Medio Ambiente del Senado, Alejandro Navarro, argumentó que, uno de los reclamos más grandes de parte de las comunidades afectadas por parte de la salmonicultura, es el hecho de que las concesiones acuícolas, en su gestión, superan ampliamente las capacidades de carga de los cuerpos de agua en los que se desarrolla la actividad.

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Una solicitud ante la Contraloría Regional de Los Lagos, anunció el senador Alejandro Navarro, junto a dirigentes sociales y de organizaciones ciudadanas de Chiloé, Calbuco y zonas aledañas, a fin de que se revise la legalidad del Reglamento Ambiental para la Acuicultura en el país.

El parlamentario explicó que solicitará se revise la legalidad, regularidad y probidad de la aplicación del denominado Reglamento Ambiental para la Acuicultura, debido a que hasta ahora, el hecho de que las concesiones acuícolas superan ampliamente las capacidades de carga de los cuerpos de agua en los que se desarrolla la actividad, no sería ilegal.

Congreso de Chile. Foto: Senado.

“Aunque toda la sociedad, los medios e incluso las autoridades saben que las salmoneras, debido al modelo de sobreproducción que se utiliza en Chile, saturan hasta con 50 kilos de peces por metro cúbico las mallas, cuando están autorizadas solo para 17 kilos, no están realmente quebrando la legislación pues esta dista de ser efectiva”, precisó Navarro.

En el artículo 87 de la Ley de Pesca y en base a diversos decretos de los Ministerios de Economía y Medio Ambiente e informes de la Subsecretaría de Pesca, deberán reglamentarse las medidas de protección del medio ambiente para que los establecimientos que exploten concesiones o autorizaciones de acuicultura operen en niveles compatibles con las capacidades de carga de los cuerpos de agua lacustres, fluviales y marítimos, que asegure la vida acuática y la prevención del surgimiento de condiciones anaeróbicas en las áreas de impacto de la acuicultura.

“Sin embargo, el artículo 19 del Reglamento ambiental indica que es el concesionario acuícola quien debe entregar la Información Ambiental, INFA, lo que es claramente irregular, pues las evaluaciones no pueden depender de los análisis que realicen las mismos salmoneras”, aseguró el parlamentario, agregando que “el Reglamento Ambiental para la Acuicultura, si bien utiliza otros términos, termina siendo casi idéntico al mencionado artículo 87 de la Ley de Pesca, por lo que debe publicarse un nuevo decreto que cumpla con lo dispuesto en él”.

Navarro puntualizó que “pediremos entonces que Contraloría se pronuncie al respecto, por lo que esperamos se analice la legalidad, regularidad y probidad de la aplicación del Reglamento Ambiental para la Acuicultura, en tanto Reglamento del artículo 87 de la Ley General de Pesca y Acuicultura”.

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