Fachada de planta de procesamiento de Mowi Chile. Foto: Mowi Chile.

Mowi Chile afirma en tribunales que su escape de peces no causó daño ambiental

Chile: La empresa presentó un recurso de reclamación en contra de la SMA, que la sancionó tras la fuga masiva de 690.000 salmones Atlántico, afirmando que no hay pruebas en su contra en este caso.

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Tras el escape masivo de 690.000 salmones Atlántico desde su centro Punta Redonda 2018 por un evento climático extremo, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sancionó por dos cargos a Mowi Chile, con una cifra histórica de $5.300 millones, por no mantener condiciones de seguridad apropiadas ni elementos de cultivo de óptima calidad y resistencia en el sitio.

Por lo mismo, a través de los abogados María José Alcalde y Felipe Meneses, Mowi Chile interpuso un recurso de reclamación ante el Tercer Tribunal Ambiental, en contra de la SMA, solicitando que se deje sin efecto “la Resolución Exenta 1415/2020 por ilegal para que, en su lugar, dicte una nueva resolución que absuelva a nuestra representada de los cargos formulados en el expediente administrativo, y en subsidio, recalificar la infracción como leve, por no concurrir ninguna de las hipótesis del artículo 36, numerales 1 y 2, y revalorar las circunstancias del artículo 40 de la LOSMA, para que se determine, en tal caso, la sanción proporcional respectiva, legalmente determinada, que en derecho corresponda”.

En el escrito presentado por la salmonicultora, se sostiene que para alcanzar una sanción semejante, la resolución de la SMA “incurrió en vicios graves y esenciales, dando por configuradas infracciones que sin que se cumplieran los presupuestos procesales y legales y valiéndose de la aplicación ilegal de una presunción simplemente legal, para tener por acreditado un supuesto daño ambiental al que, sin evidencia alguna, calificó además como irreparable, descartando medios probatorios válidos presentados oportunamente por Mowi Chile, vulnerando así de manera grave el derecho a defensa de nuestra representada”.

“Las presuntas infracciones consistirían en no mantener en el centro Punta Redonda las condiciones de seguridad apropiadas ni elementos de cultivo de óptima calidad y resistencia, cuya consecuencia fue el escape masivo de peces, y operar instalaciones de apoyo en tierra para el cultivo de salmones del centro Punta Redonda, no destinadas a la actividad del sistema de ensilaje”, indicó la empresa ante el Tercer Tribunal Ambiental, agregando que dichas condiciones “no le son exigidas y aun así, son completamente inefectivas en este caso”. 

Asimismo, la SMA calificó la infracción como gravísima por causar daño ambiental irreparable, para lo cual, de acuerdo con la compañía, “se valió de la aplicación de una presunción simplemente legal establecida en el artículo 118 quáter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, cuyo antecedente fue un proceso de conteo de recapturas efectuado por Sernapesca que estuvo caracterizado por la negligencia e ilegalidad en la apreciación de la prueba acompañada”.

“La SMA afirma que, si bien tiene por aplicada la presunción, también se encontraría probado el daño, pese a que no ha producido prueba alguna, tampoco existe ninguna prueba de daño material, y recurre únicamente a conjeturas, respaldadas en literatura científica interpretada de manera gruesa, parcial o derechamente deformada, y recurriendo a razonamientos que vulneran los principios de razón suficiente, no contradicción y más genéricamente, la obligación que tiene de apreciar la prueba rendida conforme a la sana crítica, según le impone el artículo 51 de la LOSMA”, manifestó Mowi Chile en su escrito.

De este modo, la salmonicultora argumenta en su recurso de reclamación que “no hay prueba que respalde las aseveraciones que la SMA lleva a cabo, en el sentido de que el escape habría causado disminución de la cantidad de las especies hidrobiológicas del Seno de Reloncaví, afectación al ecosistema acuático o alteración de la cadena trófica”. 

Lo anterior, dado que “la mejor literatura científica es conteste en afirmar que la especie salmón Atlántico es un depredador altamente inhábil al punto que su muerte por inanición es una de las hipótesis más extendidas sobre su desaparición en el medio libre y no existe ningún registro de asilvestramiento ni existencia de poblaciones en Chile, todo lo que desfonda la hipótesis factual de la SMA, motivo por el cual no cabe de modo alguno sostener que exista daño ambiental seguido del escape”, aseguró Mowi en tribunales.