Salmones Austral presenta las bases de su política para eficiencia energética

Jaime Molina.

La empresa, entre otras iniciativas de sostenibilidad, está utilizando energía proveniente de diversas fuentes tales como la solar y opera con centros de cultivo híbridos.

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Salmones Austral está desarrollando un fuerte programa de eficiencia energética, ello, a partir de la Ley 21.305 que norma la gestión de este recurso entre los grandes consumidores.

Al respecto, el subgerente de Sostenibilidad de la empresa, Jaime Molina, señala en entrevista con Salmonexpert que “estamos desarrollando diversas iniciativas en nuestro plan de mitigación y compensación de emisión de gases de efecto invernadero (GEI). Dentro de estas iniciativas, varias se fundamentan en ser más eficientes, con el uso de energía proveniente de diversas fuentes tales como la provisión de energía solar”.

También, de acuerdo con el ejecutivo, “algunos de nuestros centros están dotados de fuentes de energía híbrida lo que nos permite consumir menos fuentes fósiles, reduciendo nuestros consumos, minimizando nuestra emisión de gases de efecto invernadero y reduciendo el ruido que generamos en nuestra producción sostenible de proteína de calidad”.

Desde la compañía exponen que iniciaron este proceso debido al artículo 2 de la Ley de Eficiencia Energética:

“… Aquellas empresas que hayan tenido durante el año calendario anterior un consumo energético total para uso final igual o superior a 50 tera-calorías deberán reportar anualmente al Ministerio de Energía sus consumos por uso de energía y su intensidad energética del año calendario anterior”.

“… Mediante resolución que se publicará en el Diario Oficial, el listado de consumidores que serán catalogados como "Consumidores con Capacidad de Gestión de Energía", en adelante "CCGE". Tendrán tal calidad aquellas empresas con consumos de energía para uso final sobre 50 tera-calorías anuales en el año calendario anterior informado”.

“Los CCGE deberán implementar, en el plazo de doce meses desde la publicación a que se refiere el inciso tercero, uno o más "Sistemas de Gestión de Energía", en adelante "SGE", que cubran, al menos, un 80% de su consumo energético total, el cual deberá mantener vigente mientras sea considerado CCGE o por un año desde que pierda tal calidad”.

“Una vez implementado el SGE, los CCGE deberán enviar anualmente al Ministerio de Energía y a la Superintendencia, conjuntamente con el informe de sus consumos de energía para uso final definido en el inciso primero, información sobre las oportunidades detectadas y acciones de eficiencia energética realizadas y proyectadas, señalando, además, la forma como se cumple con lo dispuesto en los incisos quinto o sexto, según corresponda”.

La obligación de implementar un SGE (Sistema de Gestión de Energía), podrá cumplirse en tanto mediante la implementación de uno o más SGE no certificados, cumpliendo al efecto los requisitos establecidos en el capítulo 3 del reglamento (Artículos 16 al 30).