Centro Llallalca de Piscícola Entre Ríos. Foto: SMA.

En Panguipulli: SMA aplica sanción a centro de truchas

Chile: La Superintendencia de Medio Ambiente multó con $ 260 millones a la empresa Piscícola Entre Ríos, por incumplimientos como haber habilitado un mecanismo de descarga directa al río Fuy, sin que las aguas utilizadas pasen por el sistema de tratamiento.

Publicado Última actualización

El Superintendente del Medio Ambiente (S), Rubén Verdugo, aplicó una multa de 442 UTA, equivalente a $ 260 millones, tras finalizar el proceso sancionatorio contra la empresa Piscícola Entre Ríos, titular del proyecto del mismo nombre ubicado en Panguipulli, región de Los Ríos, y que realiza procesos de cultivo, incubación, alevinaje, crianza y engorda de truchas en agua dulce.

Dicho proyecto, cuenta con varias Resoluciones de Calificación Ambiental, de los años 1999, 2001, 2010 y 2015, las cuales han ido ampliando la producción del centro hasta alcanzar 720 toneladas anuales, contemplando el uso de piscinas con un sistema de tratamiento de efluentes y con insumo de agua obtenido desde el Río Fuy y el Estero Llallalca, de acuerdo con la SMA.

Funcionarios de la SMA junto a Sernapesca y SAG de la región de los Ríos, han fiscalizado dicho proyecto encontrando una serie de hallazgos que derivaron en la formulación de ocho cargos contra la empresa en julio de 2018. La compañía presentó un Programa de Cumplimiento, el cual no reunía los requisitos mínimos según la autoridad, por lo cual se siguió luego con la fase de descargos.

El jefe regional de Los Ríos de la SMA, Eduardo Rodríguez, afirmó a Salmonexpert que “nos estamos haciendo cargos de ocho incumplimientos, entre los más relevantes, se encuentran la no instalación de filtros rotatorios en el proyecto, que se habían comprometido en la evaluación ambiental, operar deficientemente su sistema de decantación, y superar el máximo caudal autorizado”.

Las ocho infracciones sancionadas por la SMA son:

  1. Las lagunas decantadoras de los sectores N° 1 y N° 2 no contaban con impermeabilización.
  2. Haber habilitado un mecanismo de descarga directa al río Fuy, sin que las aguas utilizadas pasen por el sistema de tratamiento.
  3. No haber instalado los filtros rotatorios que complementan el sistema de decantación.
  4. Operar deficientemente el sistema de decantación del sector 1, al no cumplir con el tiempo de retención de las aguas residuales
  5. No realizar la extracción de lodos desde los decantadores con la frecuencia comprometida.
  6. Superación del volumen máximo de caudal autorizado de descarga.
  7. No reportar con la frecuencia exigida en su programa de monitoreo los parámetros indicados en los informes de autocontrol.
  8. Haber replicado en sus reportes de autocontrol de los años 2015 a 2018, el mismo valor medido de volumen de caudal varias veces en el mes.

La sanción aplicada debe ser pagada por la empresa ante la Tesorería General de la República. En caso de disconformidad con la resolución sancionatoria, la compañía puede presentar un recurso de reposición ante la SMA en un plazo de cinco días hábiles desde la notificación, o bien, un reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental correspondiente, en 15 días hábiles.

Desde Piscícola Entre Ríos manifestaron a Salmonexpert que están analizando el camino a seguir tras las sanciones en su contra aplicadas por la autoridad ambiental.