TC fija audiencia pública por la reforma laboral
Chile: Se escuchará a las organizaciones el lunes 25 de abril, luego de que este martes se declarara admisible impugnación de normas. Las organizaciones interesadas en el tema pueden presentar sus observaciones hasta las 16 hrs del 22 de abril.
En audiencia pública que se realizará este lunes 25 de abril, el Tribunal Constitucional (TC) escuchará a las instituciones y organismos interesados en exponer sobre el requerimiento de inconstitucionalidad que presentaron parlamentarios de la oposición respecto a algunas normas del proyecto de ley de reforma laboral, según informó Diario Financiero.
El TC estima que esta audiencia pública "puede contribuir a la mejor resolución de este proceso constitucional".
La decisión fue adoptada ayer por el Pleno del TC, luego que se declararan admisibles los requerimientos de 14 senadores y 44 diputados de la oposición, en el cual se impugnan cuatro puntos del proyecto de reforma laboral: Titularidad Sindical, Extensión de Beneficios, Negociación Interempresas y Derecho a la Información. En la sesión de del martes 19 de abril, también se admitió a trámite la presentación de los diputados.
"Examinado el requerimiento a efectos de pronunciarse sobre su admisibilidad, se verifica que se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y que, en la especie, no concurre ninguna de las causales de inadmisibilidad establecidas en el inciso segundo del artículo 66 de la Ley Orgánica", dice la resolución.
Los diez ministros del Tribunal Constitucional, además, resolvieron acumular las dos presentaciones interpuestas separadamente por senadores y diputados, ya que recaen en las mismas normas y se "encuentran en similar estado procesal en esta Magistratura".
El organismo ofició durante la jornada del martes a la Presidenta Michelle Bachelet, al Senado, y a la Cámara de Diputados, para que, en su calidad de órganos constitucionales interesados, dentro del plazo de cinco días contados desde la fecha de la comunicación, formulen observaciones a los requerimientos; o presenten los antecedentes que estimen pertinentes.