Blumar emite declaración tras recibir multa y suspensión de ciclo en centro

Chile: La salmonicultora afirmó que no ha sido notificada de la sentencia, donde se da a conocer, según Sernapesca, que la información reportada por la empresa no coincidía con lo fiscalizado.

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El Juzgado de Letras de Puerto Aysén condenó a la empresa Salmones Blumar al pago de una multa de 500 UTM y a la suspensión de las operaciones durante un ciclo productivo en el centro de cultivo código 110682, conocido como Dring 2, según comunicado de prensa.

Gracias al análisis y la verificación documental llevada a cabo por funcionarios y funcionarias de la región de Aysén de Sernapesca, afirmaron, “se evidenció que la información reportada por la empresa no coincidía con lo fiscalizado, presumiendo que la empresa estaba incurriendo en entrega de información no fidedigna al ente fiscalizador”.

De acuerdo con la información proporcionada a Sernapesca y entregada mediante declaración jurada a Subpesca, “el centro en cuestión emitió Certificados de Autorización de Movimiento y etiquetas de cosecha, declarando la salida de 4.561 toneladas de salmón del atlántico destinadas a 3 plantas de proceso y 3 centros de acopio”.

Según estos datos, se concluye que el centro de cultivo Dring 2 de Salmones Blumar excedió en 657 toneladas lo autorizado por la Resolución de Calificación Ambiental N° 702/2009. Además, se constató “que la empresa proporcionó información no fidedigna y fuera de plazo al ente fiscalizador, al declarar haber sembrado 9.067 peces menos de lo registrado al inicio del ciclo en 2015. Asimismo, se comprobó que la empresa sobrepasó el límite de peces autorizados a sembrar en 7 de las 24 estructuras del centro Dring 2, según lo establecido en la Resolución Exenta N° 3438, del 18 de diciembre de 2014, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura”.

Al respecto, desde la salmonicultora dieron a conocer a Salmonexpert que a la fecha “no hemos sido notificados de la sentencia informada a la prensa. Blumar es una compañía respetuosa de la institucionalidad, por lo que se comentará la resolución judicial una vez notificada y agotadas todas las instancias procesales correspondientes”.

Soledad Tapia, directora nacional de Sernapesca, señaló que “nuestros equipos fiscalizadores han detectado estos relevantes incumplimientos, donde la entrega de información no fidedigna al ente fiscalizador es una falta grave, por lo que estamos muy conformes con este fallo en primera instancia. Esperamos que sea ejemplificador y de esta forma no quede duda alguna de la importancia y la responsabilidad con el que debe actuar el sector acuícola realizando su actividad dentro del marco normativo y en pro de la sustentabilidad”.

En tanto el director regional (s) de Sernapesca Aysén, Juan Carlos Orellana, indicó que esto es fruto del trabajo coordinado e integral del servicio. “Tanto los fiscalizadores de acuicultura como el equipo jurídico de Aysén, han sido muy acuciosos en el cumplimiento normativo y han definido estrategias que permiten obtener sentencias de impacto como en este caso”.

Una vez que la empresa sea notificada, tendrá un plazo de 10 días hábiles para apelar la sentencia dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Aysén. En caso de no llevarlo a cabo, deberá cumplir con lo dispuesto en el fallo.