“La normativa de caducidades no está alineada a la realidad consolidada de la salmonicultura”

Daniel Huerta.

Mientras exista causal de caducidad por falta de operación como la actual, obliga a las salmonicultoras a operar, incluso contra sus intereses productivos, indican desde Mowi.

Published

Hace algún tiempo, Álvaro Pérez Nur, en representación de Mowi Chile, solicitó a la Contraloría la reconsideración de un importante dictamen, el cual concluyó que la ampliación del plazo de paralización de operaciones en concesiones de salmón no se suspende en virtud de un descanso sanitario obligatorio, y que debe ser computada a continuación de los dos años de paralización de actividades consecutivos que se prorrogan.

Dicha reconsideración se solicitó, en particular, respecto de la procedencia de iniciar la contabilización de la ampliación del plazo de paralización durante un descanso obligatorio que le impide operar, y no una vez concluido el mismo.

En respuesta a lo anterior, Contraloría dictaminó que tanto la prórroga extraordinaria por Covid-19 como el descanso sanitario -que operó a continuación de aquello- tuvieron el efecto de suspender el plazo de caducidad por no operación y, por ende, permitieron que el término de dos años del artículo 69 bis no expirara sino hasta agosto de 2021, todo lo cual justifica legalmente la inactividad del centro hasta esa data.

Y en entrevista con Salmonexpert, el abogado asesor de Mowi Chile, Daniel Huerta, entrega detalles acerca de este dictamen.

¿Qué precedentes deja el fallo de Contraloría relativo a la caducidad de concesiones de salmón del país?

El tema de las caducidades de las concesiones de acuicultura, -y la forma de computar los plazos- nos ha generado una constante incerteza jurídica. En estos años los criterios han ido variando y sin que exista cambio normativo alguno.

Por eso, el primer precedente positivo es una cierta certeza, al contar con una decisión de la Contraloría que establece la forma de computar el plazo de inicio de vigencia de una prórroga de paralización.

Además de ello, deja en evidencia que la demora en la decisión de parte de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas deja a las empresas en una situación de incertidumbre, al desconocer la fecha en que la concesión debe reiniciar sus operaciones para no incurrir en causal de caducidad.

¿Se caen los argumentos de ONGs como Fundación Terram, acerca de las concesiones de salmón que deber ser caducadas?

No es que se destruyan los argumentos, sino que, a mi juicio, ellos no tenían un argumento concreto. En este sentido, el Dictamen sólo reconoce aquello que la ley contempla expresamente y por eso se podría decir que ratifica la vigencia de muchas concesiones.

Junto con ese Dictamen, ¿existen otras formas de mejorar lo relacionado a caducidad de concesiones de salmón?

Sin duda, a nuestro juicio, la normativa actual en materia de caducidades no se encuentra alineada a la realidad consolidada de la industria. Las caducidades por falta de operación fueron creadas el año 1991 como un incentivo para una industria incipiente. Actualmente la acuicultura es una actividad consolidada, por lo que no tiene sentido sancionar el descanso en el uso de un bien público. El derecho de aguas se actualizó por medio del pago de derechos por no uso y creo que en el caso de las concesiones de salmones se podría avanzar en algo parecido.

Además, también existen otras soluciones intermedias, como extender los plazos de paralización a 2 o 3 períodos productivos, en lugar de 24 meses, como ahora existe, entre otras.

¿Cómo afecta la normativa para la caducidad de concesiones a la industria del salmón nacional?

Mientras exista una causal de caducidad por falta de operación como la actual, obliga a las empresas a operar, incluso contra sus intereses productivos, lo que se traduce en un efecto de interacción con el medio ambiente totalmente innecesario. Es un desvío de recurso públicos y privados que, a mi juicio, podrían redestinarse a otros fines, que beneficien a la comunidad en su conjunto.