Critican proyecto que limita a 50 años duración de las concesiones de salmón
La iniciativa, que cuenta con el visto bueno del Gobierno, busca además que el Ministerio de Bienes Nacionales administre las concesiones marítimas.
Hace algunos días, sesionó la Comisión de Medio Ambiente del Senado, para avanzar en el proyecto de ley sobre administración de borde costero y concesiones marítimas (boletín nº 8.467-12), que se encuentra en segundo trámite constitucional.
El proyecto de ley original se basa en un mensaje de julio de 2012, cuya principal novedad consistía en entregar la administración de las concesiones marítimas al Ministerio de Bienes Nacionales.
Y en octubre de 2024, el Gobierno formuló algunas indicaciones al proyecto de ley, y según el abogado y fundador de la consultora Borde Costero, Patricio Flores, en la Comisión se realizaron varios comentarios a la iniciativa, a la cual asistió la Ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas y el representante del Ministerio de Bienes Nacionales.
Los comentarios son los siguientes:
• Se logra comprender y aseverar que ni el proyecto de ley ni las indicaciones del Ejecutivo resuelven la problemática que se plantea como diagnóstico.
• El traspaso de competencias al Ministerio de Bienes Nacionales es un aspecto que debe trabajarse con mayor detenimiento, dado que la experiencia radica en el Ministerio de Defensa Nacional, en sus más de 60 años de práctica, considerando la complejidad y dinamismo del procedimiento administrativo de concesiones marítimas.
• El Ministerio de Bienes Nacionales tiene muchos procedimientos administrativos dentro su competencia, como, por ejemplo, el arrendamiento de bienes fiscales, la constitución de servidumbres en bienes fiscales, la regularización de títulos de dominio, entre otros. Estos procedimientos demoran más de 12 meses o más en ser resueltos, resultando sumamente complejo agilizarlos.
LandbasedAQ
-
Benchmark está lista para continuar su operación sin complicaciones tras venta
-
Aquabounty cierra el último de sus centros de salmón y su CEO decide dar un paso al costado
-
65 mil smolts se escaparon: inician investigación para encontrar las razones
-
Chileno asume gerencia general de Benchmark Genetics Salten
-
“El salmón juega un papel fundamental en la identidad de Puerto Montt”
-
Valor agregado: “será la exportación de tecnología, biotecnología y servicios acuícolas”
• No existen tiempos o plazos de tramitación estimativos o límites en el Ministerio de Bienes Nacionales, tal como ocurre en otros organismos públicos encargados de otorgar permisos (Dirección General de Aguas, Sernageomin, por ejemplo).
• En el Ministerio de Bienes Nacionales, la duración promedio de un procedimiento de regularización de títulos de dominio, que toma una solicitud de saneamiento, considerando las cuatro etapas internas, es de 24 meses a nivel nacional, sin haber un plazo interno óptimo estimativo y aceptable.
• El Ministerio de Bienes Nacionales no tiene la aptitud para hacerse cargo de la tarea que se le pretende encomendar. Esto se pretende suplir con el traspaso de funcionarios de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas al Ministerio de Bienes Nacionales, precisamente, lo que no representa un cambio notorio de fondo.
• Los cambios que se proponen al procedimiento de otorgamiento de concesiones marítimas no son coherentes con el objetivo de agilizar el procedimiento y mejorar su eficiencia, sino que en parte, lo complejizan.
• Las indicaciones se refieren a una materia que debiese ser regulada por un cuerpo reglamentario, pues señala que las concesiones marítimas cuyo objeto sea la extracción de agua de mar para desalinización, serán tramitadas en el Ministerio de Bienes Nacionales previo informe favorable de la Dirección General de Aguas. No se comprende la intromisión de este aparente "permiso bajo título de informe previo", dentro del procedimiento de otorgamiento de concesión marítima.
• Se indica que el límite de duración de las concesiones marítimas es de 50 años considerando todas las renovaciones. Ello resulta inconsistente con proyectos de gran inversión como puertos, pisciculturas, plantas de proceso o plantas desalinizadoras. Limitar la vigencia de una concesión y más aún su renovación, atenta directamente contra la inversión.
• El proyecto pretende regular el silencio administrativo, figura que está presente en la Ley de concesiones marítimas actual, pero no es aplicado (por ejemplo, ante la solicitud de informes y para el caso de no recibir respuesta dentro de plazo, se podrá prescindir del mismo).
• Incorporar una fase de oferta y condiciones desde el Ministerio de Bienes Nacionales al titular (extraído desde la legislación de costas españolas), como elemento para agilizar, dista bastante de este objetivo. Actualmente existe un orden de prelación para preferir una u otra solicitud de concesión, ante el caso de sobreposición.
• La figura de "reserva" de sectores para el Estado, representa una facultad sobredimensionada, lo que inhabilita iniciativas de privados (reserva por cuidado ambiental, por zona productiva, protección ecológica de interés nacional, etc.).
• Se cuestionó que para fines productivos, los sectores para habilitación de puertos, no son un bien escaso, tal como lo indica el Ministerio de Bienes Nacionales para justificar la figura de "reserva para el Estado de sectores estratégicos".
• Los informes de la Dirección General de Aguas (planta desaladora) y de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, insertos en el procedimiento administrativo de otorgamiento de una concesión marítima, solamente aumentarían el plazo de tramitación. Es más, no se establece plazo a la DGA para emitir el citado informe (se señala, que se aplicaría la futura Ley Marco de Desalación, por lo que se aplicaría el plazo respectivo).
• Se criticó en el siguiente sentido: ¿Cómo se vinculan las concesiones marítimas vigentes con un eventual nuevo estatuto bajo la administración del Ministerio de Bienes Nacionales? El proyecto de ley no se hace cargo de ello, pues hoy en día no existe límite para renovar una concesión marítima. El proyecto establece un límite de 50 años, es decir, no podrán existir concesiones marítimas con una duración mayor a ello, sin derecho a renovar.
• Ministerio de Bienes Nacionales no brinda la transparencia correspondiente para proporcionar información, en conformidad a lo que necesita y requiere un usuario, pues no existe una plataforma electrónica para ello. ¿Se ocupará la misma plataforma actual de concesiones marítimas, que opera el Departamento de Asuntos Marítimos de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas?
Como se podrá apreciar, de acuerdo con Flores, “las críticas son muchas y el proyecto de ley probablemente sufrirá nuevos cambios. Asimismo, existe oposición absoluta de las cinco asociaciones de funcionarios y ex funcionarios públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, los cuales han indicado en varias oportunidades que el proyecto de ley no es positivo en su contenido y llaman a su rechazo”.