Presentan proyecto de ley para el marcaje obligatorio de salmones en Chile

Un grupo de diputados busca que se instale un chip o code wire tag en cada pez, una vez que se transfieran al mar, con el fin de mejorar el control frente a escapes.

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Los diputados Jaime Sáez, Camila Rojas, Marcela Riquelme, Javiera Morales, Viviana Delgado, y Jorge Brito, presentaron un proyecto de ley para el marcaje universal y obligatorio de salmón en Chile al momento de ser transferidos al mar, ello, con el fin de mejorar el control de todas estas especies en caso de escapes.

El marcaje propuesto se trata de una alternativa tecnológica consistente en un chip o code wire tag, de dimensiones mínimas (0.25mm de diámetro o el ancho de un pelo humano por 1mm de largo), “cuyo costo es menor a los U$ 0,1 por marca, los que actualmente son usados extensivamente para el manejo de poblaciones silvestres de salmón Coho y Chinook”.

De acuerdo con los parlamentarios, “en países como Estados Unidos y Canadá, hay más de 2 billones de individuos de estas especies marcados desde los años 70. Por otro lado, existe abundante evidencia científica de la inocuidad para los individuos marcados”.

Así las cosas, el proyecto establece que un reglamento podrá determinar las características y condiciones que deberá cumplir dicho mecanismo, forma de instalación del dispositivo, número de identificación único para cada centro de cultivo y un protocolo de actuación. Finalmente, además, indica sanciones para el incumplimiento de la obligación.

Considerando las características y condiciones que deberá cumplir el mecanismo, agregan, se incluirá la permanencia del dispositivo en el ejemplar desde su traslado al mar y hasta su procesamiento para la venta, independiente del destino que tenga, y que este dispositivo no podrá ser reutilizado, alterado, adulterado, copiado, falsificado ni retirado durante toda la vida del ejemplar.

También, el reglamento determinará la forma de instalación del dispositivo en cada uno de los ejemplares, un número de identificación único para cada centro de cultivo y lote de producción asociado al dispositivo, para poder determinar de forma inequívoca la procedencia de cada ejemplar salmonídeo.

Lo anterior junto con un protocolo de actuación ante la captura de un ejemplar con dispositivo. El referido reglamento podrá ser elaborado en un plazo de seis meses desde la publicación de la presente ley.