Mowi Chile recurrirá a la Corte Suprema y reitera inexistencia de daño ambiental irreparable
La salmonicultora afirmó que el escape masivo, ocurrido desde su centro Punta Redonda, fue consecuencia de condiciones climáticas extremas y anómalas.
La reclamación de ilegalidad que presentó Mowi ante el Tercer Tribunal Ambiental, se originó por la resolución de la SMA, que sancionó a la empresa con una multa de 8.913,5 UTA por dos cargos, uno calificado de manera gravísima y otro leve.
Ambos cargos están asociados a infracciones por el escape de más de 690.000 salmones del Atlántico ocurrido el 2018 desde el centro de cultivo Punta Redonda, en la comuna de Calbuco, Región de Los Lagos, durante un evento meteorológico, causando roturas en las balsas jaulas.
Y a esta reclamación, se acumuló la causa interpuesta por Fundación Greenpeace Pacífico Sur, quienes solicitaron dejar sin efecto la resolución de la SMA y sancionar a la empresa con la clausura del centro.
El Tribunal, tras la revisión de los antecedentes, determinó rechazar ambas reclamaciones. En cuanto a la de la compañía respecto del cargo considerado gravísimo, estimó que, “la SMA ha configurado de forma racional y motivada los cuatro subhechos en que se fundamenta el cargo, los que, ponderados en conjunto, permiten concluir que efectivamente Mowi no mantuvo en el centro las condiciones de seguridad apropiadas ni elementos de cultivo de óptima calidad y resistencia según RCA N° 2040/2001 y RCA N° 536/2011, cuya consecuencia fue el escape masivo de ejemplares”.
También se rechazó la alegación del reclamante respecto de la calificación de gravedad de la infracción, la incorrecta aplicación de la sanción impuesta, y la equivocada ponderación de las circunstancias para la determinación de las sanciones.
En cuanto al segundo cargo, esto es, “mantener y operar instalaciones de apoyo en tierra para el cultivo de salmones del centro Punta Redonda, no destinadas a la operación del sistema de ensilaje”, se rechazaron las alegaciones del reclamante, por cuanto “el Tribunal consideró que “las RCAs del proyecto son bastante claras en cuanto a que no considera ningún tipo de instalaciones en tierra, razón por la cual es posible advertir que se encuentra debidamente configurada la infracción por parte de la SMA.”.
Respecto a la clausura del centro solicitada por la reclamante, el Tribunal resolvió que “es posible advertir que el control que corresponde radica en establecer si la sanción aplicada por la SMA se encuentra debidamente motivada y es proporcional”, lo que ocurrió en este caso, por lo que rechazó la alegación.
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Mowi Chile anunció a Salmonexpert que recurrirá ante la Corte Suprema, luego que el Tribunal Ambiental de Valdivia rechazara su reclamación sobre la calificación jurídica del escape de peces ocurrido en el 2018 desde el centro Punta Redonda, ocurrido a consecuencia de condiciones climáticas extremas y anómalas.
De esta manera, Mowi Chile manifestó que discrepa del contenido de la resolución judicial, por cuanto el Tribunal “no atendió la abundante evidencia que señala que no se ocasionó un daño ambiental y tampoco consideró las importantes medidas de mitigación adoptadas tras el incidente”.
Frente a ello, Mowi anunció su decisión de recurrir a la Corte Suprema, a fin de que el más alto tribunal del país, conociendo los fundamentos de la posición de la empresa, enmiende la decisión adoptada por el Tribunal Ambiental de Valdivia.