Consejo de Ministros aprueba proyecto de reforma a la Ley Orgánica de la SMA
Chile: El primer pilar de estos cambios a la Superintendencia del Medio Ambiente tiene relación con los instrumentos de incentivo al cumplimiento y aborda materias como la autodenuncia.
A 13 años desde la creación de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático, aprobó hoy de forma unánime el proyecto de reforma a la Ley Orgánica de la institución (LOSMA), que establece su marco normativo.
Con este pronunciamiento, el proyecto de ley cumple con los requisitos establecidos en la Ley 19.300 y, por tanto, está en condiciones de ser remitido al Presidente de la República para su consideración y tramitación posterior ante el Congreso Nacional.
La reforma -que se basa en seis pilares- tiene como objetivo fortalecer las funciones de fiscalización y sanción de la SMA, corregir aspectos clave y adaptar al Servicio a nuevas áreas de intervención, como la Ley REP e impuestos verdes, entre otros.
El primer pilar tiene relación con los instrumentos de incentivo al cumplimiento y aborda materias como la Autodenuncia, Programas de Cumplimiento y Planes de Reparación, donde se realizarán ajustes para promover su uso y asegurar su finalidad, eliminando desviaciones actuales.
Como segundo pilar se encuentran los mecanismos de vías alternativas de cumplimiento -que procederá en casos de infracciones menores y cuando no exista afectación al medioambiente o la salud de las personas- y de fiscalización que dará facultades a los fiscalizadores, previa autorización del Tribunal Ambiental, para incautar toda clase de objetos y documentos, cuando estos sean esenciales para el éxito de la investigación.
En un tercer aspecto, se hacen ajustes a los procedimientos sancionatorios, a la calificación de gravedad y al monto de las sanciones. Acá se incluye, entre otros temas, el procedimiento simplificado para las infracciones leves; pasan a ser sanciones gravísimas todas las infracciones que impliquen daño ambiental y toda elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). En cuanto a las multas, el monto máximo para las infracciones gravísimas se aumenta de 10 mil a 20 mil UTAs, y para las graves de 5 mil a 10 mil UTAs.
Por otra parte, la iniciativa busca aumentar las potestades de intervención frente a riesgos ambientales. Esto significa que se amplían las Medidas Urgentes y Transitorias (MUT) en los casos que una actividad no regulada por un instrumento de carácter ambiental genere un riesgo inminente o daño al medioambiente o a la salud de las personas. Junto con esto, se amplían a los casos de elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
En cuanto a las denuncias, la reforma agiliza la tramitación, dando un plazo de 10 días a la Superintendencia del Medio Ambiente para informar acerca de la admisibilidad, y 90 días para entregar los resultados y/o actividades de fiscalizaciones que hayan sido ordenados. También, se admitirá la denuncia anónima y se reconoce la denuncia digital.
Entre otras modificaciones, se reconoce la competencia de las municipalidades para fiscalizar la Norma de Emisión de Ruidos, cuando los proyectos o actividades no cuenten con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
Tras aprobado el proyecto, la Superintendenta Marie Claude Plumer, expresó que “se trata de una muy buena noticia. Esta reforma busca fortalecer la institucionalidad fiscalizadora existente, a través de herramientas que permitirán un actuar más eficiente y eficaz”. Por otra parte, agregó que “este modelo busca agilizar la toma de decisiones fijando reglas claras para todos los interesados y cumplir con el objetivo de proteger el medio ambiente y garantizar el derecho de las personas de vivir en un ambiente libre de contaminación, a través de asegurar el cumplimiento ambiental”.