Cámara aprueba crear contrato en buceo y declara Día Nacional para esta actividad
Paralelamente, se determinó que un reglamento establecerá un registro de servicios de buzos, y la exigencia de licencia para la labor de buceo.
La Sala de la Cámara aprobó, en general y en particular, el proyecto que crea el contrato de buceo y actividades conexas (boletín 17005). Con esto, la iniciativa pasó a segundo trámite, al Senado.
La iniciativa, que se originó en un mensaje del Ejecutivo ingresado en julio de este año, modifica para sus fines el Código del Trabajo. Tiene como propósito responder a las alarmantes cifras de accidentabilidad del sector.
Por lo anterior, la idea es instalar una legislación que dote de mayor protección laboral a las y los trabajadores que ejercen las labores de buceo. Así, el texto pone énfasis en la salud y seguridad en el trabajo, considerando las exigencias y riesgos específicos de esta función.
El texto, además, amplía las definiciones y alcances de las actividades que incorpora el proyecto. Entre ellas, actividades industriales que no son propias de la acuicultura. También se consideran mayores herramientas de reconocimiento al trabajo de buzas y buzos.
Detalle del texto
La iniciativa señala que el contrato de trabajo de buceo regula la relación de trabajo, bajo dependencia o subordinación, entre un empleador y un trabajador o trabajadora que se dedica a desempeñar actividades extractivas de recursos hidrobiológico y mantención industrial, entre otros. Apunta específicamente a labores realizadas mediante buceo con aire, abastecido desde superficie o en forma autónoma.
Agrega que el ejercicio de esta actividad considerará los riesgos en la seguridad ocupacional de los buzos. Igualmente, aquellas labores subacuáticas que se realicen sin el auxilio de dichos aparatos, medios o sistemas, incluyéndose las actividades conexas a las labores de buceo.
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El contrato de trabajo de buceo regulará todas las actividades que requieran la utilización de personal para buceo. Asimismo, aquellas que se realizan en tranques, piscinas y otras dependencias industriales.
Paralelamente, se determina que un reglamento establecerá un registro de servicios de buzos y la exigencia de licencia para la labor de buceo. Junto a ello, especificará los elementos asociados al trabajo seguro y de protección personal. Se suma a lo anterior, los requerimientos técnicos para la implementación de las dotaciones de seguridad para distintos tipos de faena, entre otros puntos. El documento lo firmarán los ministerios del Trabajo y de Defensa.
Por otra parte, se considerará un protocolo de procedimientos de actuación ante la ocurrencia de accidentes por descompresión. Su objeto es que se coordine a las instituciones pertinentes y la empresa para el oportuno acceso a cámaras hiperbáricas.
A su vez, se establecen obligaciones en materia de seguridad para las empresas contratistas y subcontratistas para el desempeño de sus trabajadores.
En tanto, la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales (Chile Valora) deberá constituir un organismo sectorial convocando a sectores relacionados para la certificación dicha actividad.
Finalmente, se declara el 18 de diciembre de cada año como el Día Nacional de las y los buzos de Chile.